Seleccionar o designar a los servidores públicos


Las democracias iberoamericanas progresan en la idea de que los servidores públicos no deben ser el resultado de una presión política o el capricho nepótico de un dirigente o un partido. Cada vez más, el nombramiento de servidores públicos sin otro criterio que la designación digital (en su primera acepción de la Real Academia de la Lengua) es considerada negativa socialmente, a juzgar por la lectura de la mayoría de las noticias referidas a la administración.

A veces de forma artera se inventan sistemas de selección que tampoco cumplen con las reglas necesarias. Sin embargo, la connotación negativa de la referencia a la burocracia y a la administración pública profesional sigue siendo real. A la hora de buscar culpables, los titulares de los medios achacan el tanto de culpa a la burocracia, a la madeja burocrática o a las complicaciones burocráticas, olvidando que, en definitiva, los trámites, los plazos y los impresos, son responsabilidad igualmente del poder político y correlato obligatorio de las leyes aprobadas por el Parlamento.

La cuestión es si la sociedad necesita funcionarios expertos o simplemente personas designadas en virtud de criterios políticos o familiares. Es esta una materia que persigue a Iberoamérica desde el siglo XIX y que los países más desarrollados han superado ya.

Los directivos públicos y los funcionarios son seleccionados en estos países desarrollados en virtud de criterios basados en el mérito y la capacidad. Incluso en los parlamentos, sancta sanctórum de la actividad política, es conveniente una selección esmerada con el fin de escoger a los más capaces, cuyo trabajo será asesorar y ayudar al parlamentario que, por otra parte, tendrá también derecho al asesoramiento político de miembros de su partido.

En Chile, Argentina, Perú, México, Colombia y otros países avanzan los procesos selectivos suficientemente controlados, siguiendo la estela entre otros de lo sucedido en Costa Rica o Uruguay o en la alta burocracia federal brasileña. En China se inició el camino varios siglos antes de Cristo, con la selección de los funcionarios que se inventó en la dinastía Qin en el año 221 antes de C.

Voltaire, por su parte, fue explícito: El espíritu humano no podría concebir mejor gobierno que el de China, donde prácticamente todo el poder estaba en manos de una corporación de burócratas en la que solo se podía ingresar después de haber aprobado rigurosos exámenes (1770).

¿Hasta dónde debe llegar la selección y hasta  dónde el nombramiento? Es una cuestión donde las circunstancias singulares de cada país, basadas en su historia, pueden generar diferencias importantes. No obstante, conviene destacar que, en todo caso, el vértice de la pirámide no puede llegar hasta el nombramiento del personal menos relevante de la organización. El personal de libre nombramiento debe estar situado arriba, junto a los más relevantes cargos políticos. Los técnicos deben ser seleccionados por sus competencias, así como por el mérito y la capacidad.

La selección debe llegar a los directivos públicos, aspecto que parece el más necesario dado que la competencia técnica puede ser más relevante que la sintonía con el partido gobernante. Más interesa a este el criterio fundado que la lealtad.

Cualquier sistema selectivo puede ser eficaz siempre que cumpla los principios básicos: igualdad, transparencia, racionalidad de las pruebas selectivas y esté basado en escoger a los más idóneos por sus méritos y capacidades. Por cierto, la exposición memorística de los temas debería ir dando paso a la resolución de problemas y muestra de competencias o habilidades.

Sin embargo, en las administraciones públicas los procesos de contención de los efectivos, de reducción de las ofertas de empleo público, han generado inmensas cohortes de efectivos que, aun realizando las mismas tareas que el personal funcionario o de planta, no gozan de los mismos beneficios salariales o de estatus de los funcionarios. Son los contratistas (Colombia) o interinos (España) que los gobiernos se hallan en proceso de regularización.

Lo legislado en el derecho del trabajo general no debe ser obstáculo para que las personas contratistas que llevan muchos años laborando no puedan permanecer en la función pública.Pero deben superar las pruebas adecuadas, que no tiene sentido que sean especialmente duras para preservar la raza pura de los seleccionados por los métodos habituales.

El Consenso de Sucre adoptado por el CLAD en 2022, señala que las administraciones públicas iberoamericanas deben estar nutridas por servidores públicos profesionales, responsables, íntegros, con las competencias necesarias incluyendo el uso de la disrupción, con garantía de imparcialidad en su desempeño y seleccionados por mérito y capacidad.

Conviene detenerse en alguno de estos aspectos pues pueden constituir el fundamento necesario para el fortalecimiento de las instituciones públicas. Se trata de servidores públicos profesionales (es decir, preparados y permanentes), responsables (y sometidos por tanto a una muy estricta legislación) e íntegros (controlados por códigos éticos estrictos que sancionen los comportamientos indebidos). Además, deben tener las competencias necesarias que no son solo el conocimiento memorístico de las normas, que aumentan sin cesar en un ejercicio incansable de la actividad política, que parece identificar el buen gobierno con la continua aprobación de leyes. Se incluye también la referencia a la disrupción tan necesaria en estos tiempos de cambio e innovación continua: es escasa la utilidad de las instituciones si sus integrantes no buscan nuevas formas de satisfacer los intereses de los ciudadanos.

La imparcialidad de estos funcionarios o servidores públicos es necesaria para mejorar la confianza ciudadana y en definitiva es el colofón del acierto en seleccionarlos por sistemas basados en el mérito y la capacidad, para que garanticen la continuidad y calidad de las políticas públicas esenciales, con independencia de los cambios gubernamentales.

Artículo disponible en El Nacional.